Desde el día 1 de enero de 2024 todas las empresa deberán dar de alta de afiliación en la Seguridad Social a todos los alumnos en prácticas, sean éstas remuneradas o no. Esta obligación incluye las practicas realizadas por los alumnos universitarios de grado, master, doctorado o títulos propios de la universidad, así como las realizadas por el alumnado de formación profesional.
Los alumnos/as en prácticas NO cotizarán por los conceptos de desempleo, FOGASA ni formación profesional. Además en las prácticas no remuneradas se excluirá la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.




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